Ilustre Colegio de la Abogacía de Albacete

Nota informativa Seguro Responsabilidad Civil Profesional

El próximo 1 de enero de 2022 se renueva la póliza de Responsabilidad Civil Profesional que el Colegio tiene suscrita para los Colegiados ejercientes y adheridos a la póliza con la Compañía de seguros Catalana Occidente, a través de la Correduría de Seguros Adartia. 

De cara a la próxima anualidad:

  • El límite de cobertura por asegurado seguirá siendo de 450.000 € por siniestro.
  • Seguimos manteniendo una póliza SIN FRANQUICIA
  • Se incluye la cobertura de gastos por asistencia a juicio en calidad de testigos en un pleito relacionado con una reclamación cubierta
  • Se incluye expresamente en la póliza la responsabilidad civil derivada del ejercicio de las siguientes actividades:
  1. Delegado de protección de datos
  2. Compliance Officer
  3. Prevención de blanqueo de dinero
  • El coste del seguro será de 196,83  € (incluidos impuestos) por Asegurado, que se cargarán en 4 recibos trimestrales de 49,20 € cada uno. El incremento respecto al año pasado obedece al resultado siniestral incurrido en los últimos años cuya creciente tendencia precisa de medidas de saneamiento.

Nota: Para los colegiados/as que ya estén asegurados, salvo comunicación en contra, el seguro se renovará automáticamente.

Para aquellos colegiados/as que no deseen la renovación automática por haber acordado su NO adhesión al Seguro RC negociado por Icalba, deberá de presentar antes del día 30 de diciembre copia de la póliza de responsabilidad civil particularmente contratada al correo electrónico administracion@icalba.com, acompañada de un escrito comunicando la no adhesión. Dicha póliza deberá de renovarse de forma previa a la finalización del periodo asegurado. En el caso de no presentar dicha documentación, se entenderá que el letrado o letrada se adhiere de forma automática al Seguro de RC negociado por Icalba.

Aprovechamos la ocasión para recordaros la importancia de actuar con la máxima prudencia y diligencia en nuestra labor profesional pues seguimos teniendo numerosas reclamaciones por presuntos errores profesionales que pueden repercutir en el coste de la póliza en próximas anualidades.

SEGURO PARA AMPLIACIONES EN EXCESO DE LA CAPA BASICA

Asimismo, existe la posibilidad de contratar ampliaciones en exceso de la cobertura básica del Colegio.

Aquellos colegiados que quieran contratar una ampliación por primera vez, o ya la tengan contratada con otra compañía, solo es necesario que contacten con la correduría Adartia, quien se ocupará de la tramitación de la misma.

SEGURO PARA SOCIEDADES PROFESIONALES

La ley de sociedades profesionales (Ley 2/2007, de 15 de marzo) determina el ámbito de responsabilidad de este tipo de sociedades.

Esta norma señala que “los derechos y obligaciones de la actividad profesional desarrollada se imputarán a la sociedad, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los profesionales”

Es decir, la responsabilidad profesional puede exigirse a la sociedad y, al mismo tiempo, a los profesionales que prestan sus servicios en un proyecto o trabajo realizado. En caso de una reclamación las deudas sociales que se deriven de los actos profesionales serán respondidas solidariamente por la Sociedad Profesional y el profesional que haya actuado, sea o no socio, pudiendo tener esta condición no solo un empleado de la SP, sino también el profesional subcontratado para la realización de una actividad profesional,

Asimismo, esta ley establece expresamente que se debe contar con un seguro de responsabilidad civil para sociedades profesionales –Seguro obligatorio establecido en el párrafo 3º del artículo 11 de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales.

Por ello, y en cumplimiento del deber y obligación estatutaria de los Colegios Profesionales expresamente recogida en el NUEVO ESTATUTO GENERAL DE LA ABOGACIA ESPAÑOLA “Organización colegial de la Abogacía, CAPÍTULO I-colegios de abogados-Sección I.- Disposición general-Articulo 68.-Funciones:

  1. Organizar y promover actividades y servicios comunes de interés para los colegiados de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial, de previsión y otros análogos, incluido el aseguramiento obligatorio de la responsabilidad civil profesional cuando legalmente se establezca

Para cumplir con la legalidad vigente 0s informamos que el colegio tiene negociado con la compañía aseguradora de la responsabilidad civil profesional, unas condiciones muy ventajosas para poder suscribir un seguro de responsabilidad civil profesional para tu despacho o sociedad profesional.

Este seguro cuenta con las siguientes características:

  • Posibilidad de asegurar tanto a sociedades monodisciplinares como multidisciplinares.
  • Amplias coberturas.
  • Definición extensa del alcance del seguro.
  • Cobertura a todos los integrantes de la sociedad.
  • Retroactividad ilimitada.

El precio es muy económico, muy por debajo del mercado. Para una sociedad monodisciplinar, compuesta únicamente por abogados colegiados, y que no superen 500.000 € de facturación, la prima total anual es de 196,83  € para un límite de 450.000 € por siniestro/año.

Para cualquier aclaración podéis poneros en contacto con Adartia

Departamento de Colegios Profesionales Adartia Correduría de Seguros: Tel- 91.7819545

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